Estas condiciones conllevan la supresión de barreras y obstáculos (físicos o sensoriales) que impiden o dificultan el desenvolvimiento normal de los ocupantes por el edificio. Entre otras, el Decreto 293/2009 de 7 de julio establece como preceptiva la dotación de medidas como:
- Itinerarios accesibles desde el acceso del edificio a toda sus áreas o recintos.
- Aseos y ascensores adaptados.
- Información, señalización e iluminación.
– Que cada Consejería y sus entidades instrumentales apruebe un plan de actuación para la adaptación al Decreto 293/2009 de 7 de julio de sus edificios y establecimiento, ya sean propios o estén bajo su uso.
– Que el resto de las Administraciones Públicas andaluzas y sus entidades instrumentales elaboren planes de accesibilidad para adaptar al Decreto 293/2009 de 7 de julio (y sus normas de desarrollo) los edificios y establecimientos de uso y concurrencia pública, ya sean propios o estén bajo su uso.
Desde el SAF creemos prioritario que la Junta de Andalucía garantice la utilización segura y autónoma de sus edificios por cualquier persona, especialmente aquellas afectadas con algún tipo de discapacidad física o sensorial, incluyendo entre los usuarios al personal funcionario.
Por todo cuanto antecede, desde el SAF hemos solicitado a la Dirección General de Patrimonio que nos informen del estado de ejecución del citado Plan de Actuación de cada Consejería (y sus entes instrumentales) indicando las actuaciones ya realizadas y para las pendientes de ejecutar, su planificación y la asignación de recursos asignados para su consecución.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
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