Especialmente preocupante es que se estén resolviendo alegaciones sin la presencia sindical, lo que supone una vulneración directa de la legalidad.
- El artículo 62.5 del Decreto 51/2025 establece expresamente que las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial deben formar parte de las Comisiones de Valoración.
- La Base Duodécima de la Orden de 23 de mayo de 2025 atribuye a dichas comisiones la propuesta de resolución de las alegaciones.
- La Dirección General de Función Pública tiene competencias de coordinación y supervisión de estos procesos y puede dictar instrucciones para garantizar criterios homogéneos.
- Que la Dirección General inste de forma inmediata a todas las Comisiones de Valoración a convocar obligatoriamente a las organizaciones sindicales en todas las reuniones y deliberaciones, especialmente en la resolución de alegaciones.
- Que se informe al SAF de las actuaciones realizadas al respecto.
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